No. No hay nada en las TRANSACCIONES ELECTRÓNICAS Ley de
2002 requiere que cualquiera pueda utilizar la tecnología electrónica. Es un
acto de empoderamiento, ya que permite a las personas para sustituir la
tecnología electrónica para el papel, si desean hacerlo. Así, por ejemplo, un
aviso legal enviado a usted por un organismo gubernamental por email es
legalmente válida sólo si usted ha consentido a la recepción de la notificación
de esta manera.
La naturaleza "opt-in" de este nuevo sistema se
aplica a los órganos de gobierno, así como a particulares y empresas. Por lo
tanto un departamento gubernamental no tiene que aceptar las solicitudes u otra
información de usted en forma electrónica si no ha dado su consentimiento a
esto de antemano. Pero se espera que cada órgano de gobierno va a dar este
consentimiento tan pronto como se ha puesto en marcha los sistemas y la
tecnología necesarios.
Una persona que consienta en el uso, suministrar o aceptar
la información en formato electrónico también puede condicionar la forma
específica de la información y de la forma en que se envía la información,
recibida, procesada, almacenada o representada.
El consentimiento puede deducirse de la conducta de una
persona. Por ejemplo, si usted hace una oferta en un correo electrónico, se le
ha aceptado implícitamente a recibir ninguna aceptación por correo electrónico
(a menos que usted diga lo contrario).
¿Tiene información electrónica tiene el mismo efecto
jurídico que la información en papel?
En la mayoría de los casos, sí. Información y transacciones
electrónicas no se puede negar efecto legal simplemente porque son electrónicos
en lugar de en papel. Por ejemplo, si usted y otra persona tiene un contrato
que dice que cualquier variación en el contrato debe ser por escrito, y luego
por correo electrónico a los dos de acuerdo a una variación particular del
contrato, no se puede entonces afirmar que esta variación es legalmente
inválido simplemente porque el intercambio entre usted era electrónica.
La nueva ley también protege a la validez jurídica de la
información que se incorpora como referencia en una comunicación electrónica.
"La incorporación por referencia" es donde, por ejemplo, usted hace
una oferta para celebrar un contrato y su carta de oferta se refiere a los
términos y condiciones contenidos en otro documento estándar. Su carta de
oferta de ese modo legalmente "incorpora" esos otros términos y
condiciones en la oferta. El efecto de la ley es que si usted hace esta oferta
por correo electrónico y no en papel, ninguna de las partes puede utilizar este
hecho para afirmar que los términos y condiciones no se aplican al contrato
debido a que no fueron incorporadas legalmente en la oferta. Esto es relevante
cuando, por ejemplo, un hipervínculo en un contrato basado electrónicamente
incorpora términos y condiciones que se contienen en la web de una empresa
estándar. Encuentre los mejores abogados comerciales en http://vll.com.uy/abogados-comerciales.php
Por supuesto, la nueva ley no dice que toda la información y
las transacciones electrónicas son siempre jurídicamente válida â € "en
lugar de la Ley
dice que no son válidos, simplemente porque son en formato electrónico. Al
igual que cualquier información en papel o de la transacción, los requisitos
legales pertinentes que se aplican al caso en particular se deben cumplir.
Normas específicas en las regulaciones
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